que se entiende por vicios de la voluntad en los hechos jurídicos?
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Los vicios de la voluntad: Son aquellos defectos congénitos (de nacimiento, de formación) de los actos jurídicos, que afectan al querer del sujeto, ya sea a su intención (error, dolo); ya sea a su libertad (fuerza o temor) para celebrar el negocio de que se trate.
Es importante abordar el estudio de los vicios (de la voluntad y de los actos jurídicos) pues de ellos se origina las nulidades. Es trascendental que una relación jurídica en formación, esté libre de defectos que le puedan restar eficacia.
- Error,
- Dolo,
- Violencia.
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