¿Qué se entiende por femicidio? ¿En qué circunstancias se lo incorpora como figura jurídica agravante?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
En el Perú el feminicidio es un delito autónomo, en efecto, desde el 2013, mediante la Ley 38068 se incorporó el artículo 108-de nuestro Código Penal que sanciona incluso con cadena perpetua a las personas que matan a una mujer en determinados contextos.
En el delito de feminicidio la conducta visible (acción) es matar a una mujer, existiendo una relación de causalidad entre la conducta del sujeto activo y el resultado (extinción de la vida). Es un delito doloso porque existe comprensión y voluntad del autor, estando presente la intención de matar. El sujeto pasivo es la mujer que desde la perspectiva de género se encuentra en desigualdad con el varón y en una posición vulnerable en las relaciones de poder.
La noma ha señalado varios contextos que subsumen los escenarios más comunes en que se perpetran este tipo de delitos:
Violencia familiar.
Coacción, hostigamiento o acoso sexual.
Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente.
Cualquier forma de discriminación contra la mujer, independientemente de que exista o haya existido una relación conyugal o de convivencia con el agente (agresor).
Explicación:
espero que siva de algo