Derecho , pregunta formulada por santiagolozano51, hace 7 meses

que relacion tiene el articulo 94 con la familia

Respuestas a la pregunta

Contestado por beimarvelarde
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Respuesta:

ARTICULO 94.- SANCIONES A LOS CONTRAYENTES

Los que se casan conociendo estar impedidos, son sancionados con una multa de seiscientos a mil doscientos pesos bolivianos cada uno

Explicación:


santiagolozano51: que tiene que ver!!!!!!
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