Que relacion establece kelsen entre estado y derecho? , .
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Es sabido que la esfera existencial del Estado posee validez normativa y no eficacia causal; que aquella unidad específica que ponemos en el concepto de Estado no radica en el reino de la realidad natural, sino en el de las normas o valores; que el Estado es, por naturaleza, un sistema de normas o la expresión para designar la unidad de tal sistema; y sabido esto, se ha llegado ya al conocimiento de que el Estado, como orden, no puede ser mas que el orden jurídico o la expresión de su unidad. Pero si no se admite que esa relación significa identidad, débese ante todo a que no se reconoce que el Estado mismo es un orden. De este modo, la repulsa de esa identidad implica el dualismo de dos sistemas normativos, de los cuales el uno es el orden jurídico positivo y el otro podría significar meramente un complejo de normas ético-políticas. Es muy corriente hacer depender el mantenimiento del dualismo Estado y Derecho del supuesto inconfesado de esa hipótesis; más no por eso deja ésta de ser radicalmente incompatible, en virtud de su carácter jusnaturalista (en el sistema normativo llamado "Estado" se oculta con frecuencia un Derecho natural contra el orden jurídico positivo), con los principios fundamentales del positivismo, reconocido incluso por aquellos que consideran que el Estado y el Derecho constituyen esencias separadas.
Si el Estado es un sistema normativo, tiene que ser el orden jurídico positivo, pues es imposible admitir junto a éste la validez de otro orden cualquiera.
Si el Estado fuese otra cosa que el sistema de normas jurídico-positivas, entonces sería tan difícil afirmar desde un mismo punto de vista y dentro de la misma esfera cognoscitiva que el Estado y el Derecho coexiste, como es difícil al jurista afirmar la validez de la moral y al moralista la validez del Derecho positivo. La equívoca palabra "Estado" puede adoptar quizá también un sentido ético-político; pero este Estado no puede hallarse en la menor relación con el Derecho positivo. Mas precisamente esta relación con el Derecho positivo constituye una de las pocas posiciones firmes e indiscutibles de la Teoría del Estado.
Si el Estado es un sistema normativo, tiene que ser el orden jurídico positivo, pues es imposible admitir junto a éste la validez de otro orden cualquiera.
Si el Estado fuese otra cosa que el sistema de normas jurídico-positivas, entonces sería tan difícil afirmar desde un mismo punto de vista y dentro de la misma esfera cognoscitiva que el Estado y el Derecho coexiste, como es difícil al jurista afirmar la validez de la moral y al moralista la validez del Derecho positivo. La equívoca palabra "Estado" puede adoptar quizá también un sentido ético-político; pero este Estado no puede hallarse en la menor relación con el Derecho positivo. Mas precisamente esta relación con el Derecho positivo constituye una de las pocas posiciones firmes e indiscutibles de la Teoría del Estado.
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