Qué recomienda el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, para que el individuo pueda contraer matrimonio?
2- ¿De acuerdo al artículo 42 de la constitución política de Colombia, en qué se basan las relaciones familiares?
3- ¿Qué nos dice el artículo 4, de la Carta de los Derechos de la familia, sobre la vida humana?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación:
Pregunta 1: Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio
Pregunta 2:Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la ley. La ley reglamentará la progenitura responsable.
Pregunta 3:Todas las personas tienen el derecho de elegir libremente su estado de vida y por lo tanto derecho a contraer matrimonio y establecer una familia o a permanecer célibes. Artículo 2: El matrimonio no puede ser contraído sin el libre y pleno consentimiento de los esposos debidamente expresado