Historia, pregunta formulada por marianelapuser130120, hace 16 horas

¿Qué quiere decir clasificación de los Derechos Humanos en generaciones? ¿cómo es esa clasificación?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por louzcagil
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Respuesta:

Los derechos se clasifican de la siguiente manera:

Primera generación: derechos de libertad

Ley de hábeas corpus (1679), y la declaración de Derechos de 1689, resultado de la "Revolución Gloriosa" de Inglaterra, las grandes declaraciones de Virginia (1776) y la francesa (1789). Se concentran en el arranque de esta gran etapa en la evolución histórica de los Derechos Humanos. Los derechos sociales y políticos quedan incorporados en el orden jurídico.

Estos son algunos de ellos:

   Libertad de expresión, libertad de asociación, derecho a un debido proceso y libertad religiosa.

   Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.

   Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.

   Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.

   Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

Segunda generación: derechos económicos, sociales y culturales

La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales, incorporados en la Declaración de 1948, debido a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho.

De ahí el surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y son:

   Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.

   Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.

   Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses (libertad sindical).

   Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

   Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.

   Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.

   Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.

   La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.

Tercera Generación: Derecho de los pueblos

La tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida, etc.

En el contenido de los derechos humanos de tercera generación encontramos los siguientes derechos:

   La autodeterminación.

   La independencia económica y política.

   La identidad nacional y cultural.

   La paz.

   La coexistencia pacífica.

   El entendimiento y confianza.

   La cooperación internacional y regional.

   La justicia internacional.

   El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.

   La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.

   El medio ambiente.

   El patrimonio común de la humanidad.

   El desarrollo que permita una vida digna.

Cuarta generación: TIC

Los derechos humanos de cuarta generación surgen a partir de las nuevas formas que cobran los derechos de primera, segunda y tercera generación en el entorno del ciberespacio. Las tecnologías de la Información y de la comunicación (TIC) representan un gran beneficio para la hiperconexión, la compartimentación de conocimiento, pero a su vez dan lugar al uso inadecuado y peligroso de los datos que se depositan de parte de todas personas que conforman la sociedad de la información.

Dentro de la gama de derechos de cuarta generación se pueden citar:

   El derecho de acceso a la informática.

   El derecho a acceder al espacio que supone la nueva sociedad de la información en condiciones de igualdad y no discriminación.

   Al uso del espectro radioeléctrico y de la infraestructura para los servicios en línea sean satelitales o por vía de cable.

   El derecho a formarse en las nuevas tecnologías.

   El derecho a la autodeterminación informativa.

   El derecho al Habeas Data y a la seguridad digital.

Actualmente en un mundo donde se habla de Big Data, del Internet de las cosas, de inteligencia artificial debe existir un marco legal que regule este progreso digital para que se evite la violación o vulneración de los derechos humanos.

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