Historia, pregunta formulada por seyrenzf, hace 6 meses

que pretendían los bandos en 1810?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por darkcange11111
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Respuesta:

EL BANDO DEL 18 DE MAYO DE 1810 [THE PROCLAMATION OF MAY 18 1810]

MARCELO BAZÁN LAZCANOF 1

Resumen: La cuasisubrogación como innovación insustancial y la subrogación como innovación sustancial son conceptos claves en la presente tesis interpretativa del bando del 18 de mayo de 1810. También tiene esta última propiedad el concepto de la determinación virreinal relativa al establecimiento de un representante de la soberanía del monarca cautivo como una especie de determinación contraria a la no susceptible de adoptarse sin previo acuerdo provincial.

Abstract: Quasisubstitution as an insubstantial innovation and substitution as an essential innovation are key concepts in this interpretative thesis of May 18th, 1810’s proclamation. It also has the same property the idea of the viceroy’s determination related to the designation of a representative of the captive monarch’s sovereignty, as a kind of determination opposite to which it would be impossible to adopt without previous agreement of the provinces.

Palabras clave

BANDO – VIRREINATO – MONARCA

Key words PROCLAMATION VICEROYALTY MONARCH

1 Profesor Titular de Historia del Pensamiento Argentino, Sociología, Derecho Constitucional y Derecho Administrativo I de la Universidad Católica de la Plata. Colaborador de “El Derecho”, “La Ley”, y “Jurisprudencia Argentina”.

1. Introducción

En este artículo intentaré plantear con detalle algunos de los puntos más importantes que desde una perspectiva jurídica interesan a la historiografía de la ciencia del derecho, en relación con el documento que para los “Pueblos del Virreynato” emitió Don Baltasar Hidalgo de Cisneros el 18 de mayo de 1810.

Tengo el propósito de limitarme al análisis de las proposiciones de este documento que tienen un sesgo normativo respecto a lo por hacer (o por deber hacer) por el virrey y no solamente por las “Representaciones de esta Capital” y “las de sus Provincias dependientes”. En el tratamiento de este tema pretendo hacer tres cosas. Primero, intentaré plantear con la mayor claridad posible el significado de las proposiciones contenidas en él; en segundo lugar, indagaré las cosas más importantes que el virrey parece querer decir sobre conceptos tales como acuerdo pluriprovincial, determinación virreinal, innovación sustancial, innovación insustancial, soberanía plurivirreinal y cuasisoberanía provincial y virreinal; y, en tercer lugar, trataré de averiguar las principales cosas que significan las proposiciones normativas

o las verdaderas normas jurídicas formuladas en el documentoF 2

F.

2 En el capítulo “El movimiento de Mayo” del tomo 4 de la Historia integral de la Argentina, de FÉLIX LUNA (1996), se habla, a propósito de este “documento”, de “proclama” publicada por “Cisneros” que “no […] oculta” las “malas nuevas” de la “disolución de la Junta Central […] y constitución de un consejo de Regencia” y a la vez “promete no tomar ninguna resolución grave sin consultar a las representaciones de la ciudad y de las provincias” (p. 166). Pero al mismo documento Luna lo llama, en la columna en bastardilla del margen derecho, “Bando”, o más exactamente aún, “Bando de Cisneros”. También habla de “proclama”, aunque no igualmente, como Luna, de bando, ENRIQUE C. CORBELLINI, en el tomo II de la Revolución de Mayo y sus antecedentes desde las invasiones inglesas, titulado precisamente, “La Revolución” (1950), diciendo que en ella “se pintaba la situación rioplatense” (p. 20). A esta caracterización agrega este estudioso que la “proclama del virrey” apuntaba “la idea de la independencia americana […] frente a Napoleón” y advertía peligrosamente a los porteños […] de la importancia que jugaría en esta empresa la distancia”.

La palabra “proclama” ha sido igualmente empleada por VICENTE D. SIERRA en el libro tercero del tomo IV de su Historia de la Argentina (1960). El parágrafo 5 del capítulo segundo del mencionado libro se llama, precisamente, “La proclama de Cisneros”, de la que habla, como lo hace Luna, según se ha visto, diciendo que el virrey “no ocultó” en ella “la gravedad de la situación europea” (p. 517).

Explicación:


seyrenzf: GRACIAS ♥️
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