- ¿Qué personas en Colombia no pueden aspirar a ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona contratos con el Estado?
- ¿Constitucionalmente, ¿cuáles son las prohibiciones de los servidores públicos en ejercicio de sus funciones?
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Respuesta:
en el artículo 122 superior, que consagra que no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores públicos, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados en cualquier tiempo por la comisión de delitos que afecten el patrimonio del Estado o quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por narcotráfico en Colombia o en el exterior.
Explicación:
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