Qué pasaría si no se garantizará el derecho a la personalidad
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Artículo 6: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Aproximadamente un cuarto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos está dedicado a cuestiones legales en torno a los derechos humanos. Como ya hemos visto, a finales de la década de los cuarenta, los abusos del régimen nazi estaban frescos en la mente de los redactores de la Declaración, quienes pensaron que estas provisiones servirían como una trinchera más sólida ante futuras violaciones de derechos humanos como aquellas perpetradas por los nazis. Y, de hecho, hacia finales de la década de los cuarenta, todas estas provisiones fueron incorporadas en los sistemas legales de las naciones desarrolladas.
Los artículos del 6 al 11 están estrechamente relacionados y, en su mayor parte, se centran en algunos de los derechos civiles y políticos que todos los seres humanos deberían disfrutar. La segunda mitad de la Declaración se centra en los derechos económicos, sociales y culturales. Sin embargo, el artículo 6 en sí mismo se aplica a todo el espectro de derechos. Si una persona no es reconocida "como una persona bajo la ley", numerosos derechos, incluyendo aquellos en las esferas social y económica, se verían amenazados.
Explicación: