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Artículo 69.- Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho.
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Holis creo que no es justo ya que podria pasar si es sospechoso en algun crimen nonlo podrian artestar porque no esta infraganti.
Porcierto me encanta tu foto de perfil :)♡
Usuario anónimo:
Gracias por lo de la foto de perfil jsjsjs
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