¿Qué opinión tenemos sobre el artículo 7-A de la Constitución Política del Perú (CPP)?
matmar4444:
De acuerdo al artículo N°7-A considero que el aspecto más resaltante es que el recurso hídrico sea considerado un bien público y patrimonio inalienable e imprescriptible de la nación, dado su carácter estratégico y esencial para la vida humana.
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Respuesta
En mi opinión es un articulo necesario , aunque no se cumpla ya que muchas comunidades en Perú carecen de agua potable es un buen inicio para empezar un mejor desarrollo en todos estos sitios
(Estoy muy turro xdon)
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