Qué opinión tenemos sobre el artículo 7-A de la Constitución Política del Perú (CPP)?
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Respuesta:
“Artículo 7-A. - El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona de acceder al agua potable. ... El Estado promueve el manejo sostenible del agua, el cual se reconoce como un recurso natural esencial y como tal, constituye un bien público y patrimonio de la Nación.
Explicación:
fabrissiovicente:
SUIIIIIIIII no pe
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Respuesta:
A mí me parece muy bien que hayan incluido algo tan importante en la constitución lo que no me gusta es que no se llegue a cumplir ya que hay zonas donde no llega el agua potable y zonas en las que si llega pero no se tiene conciencia por lo que gastan demasiado, ese mismo agua que podría llegar a distritos pobres.
Explicación:
espero te ayude y si es así coronita, estrellas y gracias por favor
El cristalino. ...
La retina y el nervio óptico. ...
La nutrición del ojo.
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