Que nos enseña el artículo 192 de la Constitución política de colombia
ecamachocortez:
espero que te aya ayudado
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El Presidente de la República tomará posesión de su destino ante el Congreso, y prestará juramento en estos términos: “Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia”.
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