Derecho , pregunta formulada por patusantos2005, hace 22 días

qué nos dice el artículo 288 y 293 del código civil español ?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por jeremiasalcocer93
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Respuesta:

La autoridad judicial, cuando lo considere adecuado para garantizar la voluntad, deseos y preferencias de la persona con discapacidad, podrá autorizar al curador la realización de una pluralidad de actos de la misma naturaleza o referidos a la misma actividad económica, especificando las circunstancias y características fundamentales de dichos actos.

art 288 cc


jeremiasalcocer93: me olbide otro :(
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