¿Que nombra el Art 18?
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Artículo 18.
Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.
Explicación paso a paso:
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Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual o en colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el ...
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