que no puede dar el congreso a la provincia y porque..?
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Respuesta:
Constitución Política 1 de 1821
Explicación:
Artículo 126.- No puede privar a ningún individuo de su libertad, ni imponerle pena alguna. En caso de que el bien y la seguridad de la República exijan el arresto de alguna persona, podrá el Presidente expedir órdenes al efecto; pero con la condición de que dentro de cuarenta y ocho horas deberá hacerla entregar a disposición del tribunal o juez competente.
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