Historia, pregunta formulada por abigailkarce, hace 1 mes

¿Qué motivos justifican no desempeñarse como autoridad de mesa?

Respuestas a la pregunta

Contestado por yamixirley
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¿QUE MOTIVOS JUSTIFICAN NO DESEMPEÑARSE COMO AUTORIDAD DE MESA?
El Código Electoral admite excusarse de ejercer esa función por razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas.
La excusación debe formularse dentro de los tres días de recibida la notificación de designación. Transcurrido ese lapso solo se admite la excusación por causas ocurridas con posterioridad las que serán motivo de consideración especial por la justicia nacional electoral.
La justificación por enfermedad es válida si el certificado fue extendido por médicos de sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. En ausencia de tales profesionales, la certificación puede ser extendida por un médico particular, pudiendo la Justicia hacer verificar su exactitud.
Otra causal de excepción es desempeñar funciones de organización y/o dirección de un partido político o ser candidato, lo cual se acredita mediante certificación de las autoridades del respectivo partido.
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