¿Qué motiva a los grupos minoritarios a renunciar a sus expresiones culturales?
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Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías, aprobada
por consenso en 1992, se refiere en su artículo 1 a las minorías sobre la
base de su identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística, y
dispone que los Estados protejan su existencia. No hay ninguna definición
internacionalmente acordada sobre qué grupos constituyen minorías.
Muchas veces se subraya que la existencia de una minoría es una cuestión
de hecho y que toda definición ha de incluir tanto factores objetivos (como
la existencia de una etnia, de un lenguaje o de una religión compartidos)
como factores subjetivos (en particular, que las personas de que se trate
han de identificarse a sí mismas como miembros de una minoría).
La dificultad de llegar a una definición ampliamente aceptable estriba en
la diversidad de situaciones en que viven las minorías. Algunas minorías
viven juntas, en zonas bien definidas, separadas del sector dominante de
la población. Otras están dispersas por todo el país. Algunas tienen un
fuerte sentimiento de identidad colectiva y una historia; otras conservan
solamente una noción fragmentaria de su patrimonio cultural común.
El término «minoría», como se utiliza en el sistema de las Naciones Unidas
en relación con los derechos humanos, se refiere generalmente a las
minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, con arreglo a la
Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías. Todos los Estados
tienen en sus territorios nacionales uno o varios grupos minoritarios
caracterizados por su propia identidad nacional, étnica, lingüística o
religiosa, que difiere de la identidad de la población mayoritaria.
Según la definición dada en 1977 por Francesco Capotorti, Relator
Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección
a las Minorías, una minoría es:
Un grupo numéricamente inferior al resto de la población de un
Estado, que se encuentra en una posición no dominante y cuyos
miembros, que son nacionales del Estado, poseen características
étnicas, religiosas o lingüísticas diferentes de las del resto de la
población y manifiestan, aunque sólo sea implícitamente, un
sentimiento de solidaridad para preservar su cultura, sus tradiciones,
su religión o su idioma1.
Aunque muchas veces se ha criticado el criterio de la nacionalidad incluido
en la definición que antecede, el requisito de que la minoría se encuentre
en una posición no dominante continúa siendo importante.
Explicación:
Respuesta:
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