qué leyes convenios y normas promueven en México el uso de lenguaje no sexista
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Artículo 1.- Esta Ley es de orden público, interés social y de observancia general
en el Estado de México, tiene por objeto regular, proteger y garantizar la igualdad
de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la eliminación de la
discriminación, sea cual fuere su circunstancia o condición, en los ámbitos público
y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres, con el propósito de
alcanzar una sociedad más democrática, justa, equitativa y solidaria.
Artículo 2.- La aplicación de esta Ley corresponde a las autoridades estatales y
municipales, de conformidad con sus respectivas competencias debiendo tomar
las medidas presupuestales y administrativas para garantizar la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres.
23/12/2013 12:49 a.m. 2
Artículo 3.- La rectoría y operación de la política en materia de igualdad en el
Estado, estará a cargo del Ejecutivo Estatal, quien la ejercerá a través del Consejo
Estatal de la Mujer y Bienestar Social, en términos de las disposiciones de esta
Ley y sin perjuicio de las competencias que tengan atribuidas otras dependencias.
Artículo 4.- Los principios rectores de esta Ley son:
I. La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres;
II. La equidad de género;
III. El respeto a la dignidad humana;
IV. La no discriminación;
V. El empoderamiento de la mujer;
VI. La transversalita; y
VII. Los establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano, la legislación
federal, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Explicación: