¿¿que ley se derogó el 12 de diciembre 1973 Argentina???
por favor doy corona
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Ley Nº 21608 Articulo Nº 25
Las infracciones por acción u omisión a lo dispuesto por la presente ley, y a la falta de cumplimiento
a las obligaciones emergentes de las leyes laborales y previsionales y a los regímenes que en su
consecuencia se dicten los términos de la autorización que acuerde el Poder Ejecutivo, harán pasible a los
infractores, de las siguientes sanciones:
a)Caducidad de pleno derecho de:
1.- La promoción acordada.
2.- Los beneficios acordados, total o parcialmente.
3.- Los aportes directos del Estado.
4.- Los plazos acordados para el pago créditos oficiales.
5 Los contratos de locación de bienes dominio del Estado.
b) Devolución de todas las sumas que se hubieran percibido por cualquier concepto con motivo promoción
acordada, con mas el interés máximo rizado para operaciones de crédito ordinario Banco Central de la
República Argentina a la fecha que se efectúe la devolución;
c) Pago de la diferencia entre los precios e intereses promocionales u obtenidos con motivo de la promoción
otorgada y los que hubieran debido abonar dicho beneficio, con más los intereses qué resulten liquidados,
conforme a lo dispuesto en la última del inciso anterior;
d) .Pago de los tributos o derechos no ingresados con motivo de la promoción acordada, con mas interese
sobre las sumas que resulten liquidadas conforme a lo dispuesto en la última parte del inc. b)
Para el caso de que, intimado el infractor a la devolución a pago a que se refieren los incs. b), c) y d) y diera
cumplimiento en el plazo improrrogable de diez (10) días corridos, la repartición pertinente procederá a emitir
el correspondiente documento de deuda para su cobro por vía judicial por proceso de ejercicio fiscal.
Las sanciones previstas precedentemente serán sin perjuicio de las que resultaren proceder acuerdo con las
leyes y reglamentaciones cambiarías impositivas y aduaneras en vigor y de las acciones penales del caso.