¿Qué impuestos son correspondientes a la compra venta de carne?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
mira a mi tambien me toco esa tarea o pregunta y yo escribi estoy y me fue bien
Explicación:
Corresponde inicialmente manifestarle, que de acuerdo con. lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, motivo por el cual no es viable darle trámite a su primer interrogante que desborda nuestra órbita de competencia.
Sin embargo le informamos que las normas a las que hace Usted se refiere fueron aprobadas por el Congreso de la República.
En lo relacionado con los embutidos y productos similares, de carne, de despojos o de sangre, preparaciones alimenticias a base de estos productos de la partida arancelaria 16.01 de la nomenclatura Nandina, me permito manifestarle que según el artículo 424 del Estatuto Tributario, estos productos se hallan excluidos del impuesto sobre las ventas y por consiguiente su venta o importación no causa este impuesto.
Conforme con lo anterior, todos los embutidos y productos similares de carne a que hace referencia la partida mencionada están excluidos del impuesto, por ejemplo, embutidos de bovino, equino, porcino o aves, es decir de todas las carnes.
Adicionalmente le informamos, que si desea solicitar clasificación arancelaria de productos debe dirigirse a la División de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera, ubicada en la Carrera 7a No.6-54 piso 11 costado sur Edificio Sendas con el fin de que le efectúen la clasificación arancelaria de los productos a que Usted hace referencia en su comunicación para que una vez establecida la partida arancelaria correspondiente, se ubique la misma en el artículo 424 y siguientes del Estatuto Tributario, normas que contemplan los bienes excluidos del impuesto sobre las ventas.