Castellano, pregunta formulada por anny65325, hace 2 meses

Que hacer y que no hacer en un parque nacional?

Respuestas a la pregunta

Contestado por leysimallma
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qué hacer portarte bien San tarta respetar a los demás

Contestado por paolazg0051
2

Respuesta:

a)  dañar o asustar a los animales silvestres, o destruir sus guaridas, nidos similares.

b) Destruir, arrancar o extraer plantas del lugar.

c) Colectar y/o extraer cualquier material, vivo o muerto, sin el permiso correspondiente de la Autoridad de Aplicación de La Ley N° 352/94 de Áreas Protegidas y 96/92 de Vida Silvestre, así como también de la Ley N° 799/96 de Pesca.

 

e) Comercializar cualquier producto o servicio, salvo expresa autorización de la Administración.

 

g) Realizar cualquier actividad de prospección o producción relacionada directamente a los recursos naturales (agricultura, ganadería, minería, etc.) sin el permiso de la autoridad de aplicación de la Ley N° 352/94 de Áreas Silvestres protegidas.

h) Descargar sustancias extrañas o cualquier tipo de residuos (sólidos, líquidos o gaseosos conocidos o extraños; tóxicos o no) al suelo, al agua o al ambiente y depositar los mismos en sitios diferentes a los indicados para el efecto.

 

j) Utilizar elementos sonoros (radios, instrumentos musicales, etc.), que perturben el ambiente natural o a otros visitantes.

k) Realizar actividades recreativas en sitios diferentes a los indicados (campamentos, fogatas, almuerzos, sitio de baño, etc.)

l) Realizar construcciones de cualquier tipo o intervenciones al medio natural sin el permiso escrito de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 352/94 de Áreas Silvestres

Protegidas.

m) Usar el Área Silvestre Protegidas o sus instalaciones para actividades diferentes a las indicadas en las señalizaciones, por los Guardaparques y/o en Plan de Manejo.

n) Los grupos mayores de 15 (quince) personas, deberán contar con una notificación de visita antes del viaje al Áreas Silvestre Protegida, la cual será expedida por la Dirección de Áreas Protegidas de la Secretaria del Ambiente.

o) El cuidado de los objetos personales de los visitantes queda bajo entera responsabilidad de sus propietarios o portadores, durante sus permanencias en el sitio.

p) Los visitantes serán responsables de los incidentes o accidentes que sufran por realizar actividades que atenten contra su integridad física o de terceros.

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