que ha dicho el tribunal constitucional sobre el derecho al agua
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El agua se considera como un derecho fundamental y, se define, de acuerdo con lo establecido por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como “el derecho de todos de disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal o doméstico”.
Explicación:
Acceso Intermedio: Suministro de agua en el inmueble a través de al menos un grifo
Acceso Óptimo: Suministro de agua en el inmueble a través de múltiples grifos
Acceso Básico: Menos de un (1) kilómetro o menos de treinta (30) minutos de viaje.
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espero que te ayude
Explicación:
sa yo na ra
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