Que funciones cumple el presidente de colombia como jefe de estado y de gobierno?
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Poder Ejecutivo en Colombia hace parte de las tres ramas del poder que contempla la constitución, junto con la rama legislativa y la judicial. Ejerce sus funciones mediante los gobiernos (Nacional, Departamental, Distrital, Municipal). Está conformado a nivel nacional por el Gabinete de Colombia; conformado por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los ministerios, los departamentos administrativos y las superintendencias. A nivel departamental está conformada por las gobernaciones y las secretarías de gabinete; y a nivel Municipal o Distrital por los alcaldes y sus secretarios de gabinete.
El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, suprema autoridad administrativa y Comandante en jefe de las Fuerzas Militaresdurante un periodo de cuatro años; el Acto Legislativo 02 de 2004 a través del cual se reforman los artículos 127, 152, 197 y 204 de la Constitución Política Colombiana se instituye la reelección presidencial inmediata por un único periodo adicional y se incorporan un conjunto de normas para garantizar igualdad de oportunidades en los procesos electorales entre los candidatos que aspiren al cargo y el presidente-candidato en ejercicio.Para llegar a ocupar este cargo se debe ser colombiano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años al momento de la elección
y de gobierno
Organizar, dirigir, coordinar y realizar directamente si fuere el caso, las actividades necesarias que demande el Presidente del a República, para el ejercicio de las facultades Constitucionales que le corresponde ejercer, con relación al Congreso y con la administración de justicia.
Organizar, asistir y coordinar las actividades necesaria que demande el Presidente de la República, para el ejercicio de las facultades Constitucionales que el confiere ejercer como jefe del estado y suprema autoridad administrativa, y disponer los necesario según sus instrucciones, para la eficiente y armónica acción del gobierno, representándolo, cuando así lo demande, en la orientación y coordinación de la administración pública y de sus inmediatos colaboradores en la acción de Gobierno.
Hacer las veces de Secretario Ejecutivo en los Consejos, Comités o demás organismos de consulta, asesoría, coordinación o apoyo que dependa directamente del Despacho Presidencial.
Divulgar los actos del Gobierno nacional y coordinar lo referente a una adecuada difusión de la gestión Gubernamental.
Apoyar al Presidente de la República en los Diagnósticos, estudios, análisis y demás actividades que contribuyan a la formación de criterios, conceptos o formulaciones que éste desee definir.
Apoyar al Presidente de la República en el estudio de la legalidad y conveniencia de los distintos actos legales, administrativos y reglamentarios de los cuales conozca el primer mandatario.
Prestar el apoyo logístico y administrativo, que se demande para el ejercicio de la facultades y funciones Presidenciales
El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, suprema autoridad administrativa y Comandante en jefe de las Fuerzas Militaresdurante un periodo de cuatro años; el Acto Legislativo 02 de 2004 a través del cual se reforman los artículos 127, 152, 197 y 204 de la Constitución Política Colombiana se instituye la reelección presidencial inmediata por un único periodo adicional y se incorporan un conjunto de normas para garantizar igualdad de oportunidades en los procesos electorales entre los candidatos que aspiren al cargo y el presidente-candidato en ejercicio.Para llegar a ocupar este cargo se debe ser colombiano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años al momento de la elección
y de gobierno
Organizar, dirigir, coordinar y realizar directamente si fuere el caso, las actividades necesarias que demande el Presidente del a República, para el ejercicio de las facultades Constitucionales que le corresponde ejercer, con relación al Congreso y con la administración de justicia.
Organizar, asistir y coordinar las actividades necesaria que demande el Presidente de la República, para el ejercicio de las facultades Constitucionales que el confiere ejercer como jefe del estado y suprema autoridad administrativa, y disponer los necesario según sus instrucciones, para la eficiente y armónica acción del gobierno, representándolo, cuando así lo demande, en la orientación y coordinación de la administración pública y de sus inmediatos colaboradores en la acción de Gobierno.
Hacer las veces de Secretario Ejecutivo en los Consejos, Comités o demás organismos de consulta, asesoría, coordinación o apoyo que dependa directamente del Despacho Presidencial.
Divulgar los actos del Gobierno nacional y coordinar lo referente a una adecuada difusión de la gestión Gubernamental.
Apoyar al Presidente de la República en los Diagnósticos, estudios, análisis y demás actividades que contribuyan a la formación de criterios, conceptos o formulaciones que éste desee definir.
Apoyar al Presidente de la República en el estudio de la legalidad y conveniencia de los distintos actos legales, administrativos y reglamentarios de los cuales conozca el primer mandatario.
Prestar el apoyo logístico y administrativo, que se demande para el ejercicio de la facultades y funciones Presidenciales
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