Qué función tiene el estado en los procesos de pluralización?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
América Latina lleva la impronta de una modernidad católica en frecuente conflicto con
las ideas de la Ilustración y el liberalismo. En
efecto, las luchas entre la Iglesia católica y el
Estado en pro de la definición de la modernidad
fueron constantes durante los siglos XIX y XX.
La mayorÖa de los paÖses adoptaron paulatinamente constituciones que garantizaron la
libertad de cultos y la neutralidad del Estado
ante la religión. Sin embargo, la negociación de
concordatos con el actor religioso hegemónico,
dio como resultado situaciones caracterizadas
por concesiones mutuas, acuerdo de intereses
y el statu quo en materia de pluralismo. Ahora
bien, desde hace medio siglo el campo religioso
latinoamericano ha cambiado considerablemente ante la aparición de importantes movimientos religiosos, entre los cuales destacan
los pentecostales.
La cuestión del pluralismo religioso resultaba
un tanto abstracta cuando las minorÖas religiosas eran aún insignificantes en términos
de arraigo social. Ante el surgimiento de
nuevos movimientos religiosos de masas, la
pluralización, en este aspecto, obligó a los
Estados a regular activamente los cultos. Se
trata, entonces, de explorar la manera como
se posicionan los cultos nuevos ante el Estado
y la Iglesia católica y reivindican una laicidad
que garantice su reconocimiento y no la mera
gestión de la pluralidad. Quisiera para ello
sondear una paradoja: al ser la fragmentación
de los actores inherente a la pluralización religiosa ello deberÖa conducir a la privatización;
sin embargo, en América Latina produce más
bien una incursión decidida de lo religioso en
la esfera pública, cuyo rasgo más notable es
la confesionalización de la polÖtica a través
de la integración de decenas de pequeños
partidos polÖticos evangélicos en todos los
paÖses de la región desde la década de 1980.
Esta estrategia de penetración en el ámbito
polÖtico corresponde a las demandas en pro
de una redefinición de las relaciones entre lo
religioso y lo polÖtico y, por ende, del régimen
de laicidad que caracteriza a los paÖses de la
región.
¿Qué debemos entender por
laicidad del Estado en
América Latina?
La modernidad religiosa latinoamericana no es
fruto de un proceso homogéneo ni lineal, sino
algo que se ha ido construyendo con base en
avances y retrocesos a lo largo de un proceso
caracterizado por el enfrentamiento entre el
Estado liberal y la Iglesia católica romana. En
tal sentido, se asemeja a la modernidad de la
Europa latina, en cuyo marco la guerra entre las
dos Francias resulta en un fehaciente ejemplo de
un desarrollo que cobró modalidades especÖficas
en función de los contextos nacionales; sin embargo, es difÖcil detectar umbrales de laicización
homogéneos para toda la región. Lo mismo
ocurre en América Latina, donde unos pocos
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paÖses (México, Uruguay) son emblemáticos
de una laicización que ha intentado limitar la
opción religiosa a la esfera privada, mientras que
la gran mayorÖa no tiene dentro de sus proyectos
aplicar tal polÖtica. México es, probablemente, el
paÖs donde la idea de laicidad del Estado tiene
raÖces más antiguas y ha persistido de manera
continua hasta nuestros dÖas (Blancarte, 2000).
Las leyes de Reforma de 1859-1860 elevadas
a rango constitucional en 1873, definieron la
polÖtica del Estado laico a largo plazo: separación entre la Iglesia y el Estado; secularización
del registro civil, los cementerios y la educación
pública; definición del principio de no injerencia
del Estado en asuntos internos de las doctrinas
religiosas y establecimiento de la libertad de
cultos.
La Constitución actual, ignora el término laicidad, cuya definición solo aparece de manera
indirecta en el artÖculo tercero relativo a la
educación. AllÖ, se afirma que kgarantizada
por el artÖculo 2 la libertad de creencias,
dicha educación será laica y, por tanto, se
mantendrá por completo ajena a cualquier
doctrina religiosa”. Fue preciso esperar una
ley complementaria (la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público de 1992) para ver
enunciado el principio del Estado mexicano
como un Estado laico, es decir, sin ningún
tipo de preferencia o privilegio en favor de
religión alguna. Tampoco a favor o en contra
de ninguna iglesia ni agrupación religiosa.
El Estado mexicano superaba asÖ la laicidad
combativa de las luchas revolucionarias
y que privaba al clero del derecho de y
las relaciones con el 9aticano interrumpidas desde 1861.
En términos de laicidad, el radicalismo mexicano es único dentro de la región latinoamericana. La de las Constituciones de la
región ignoran dicho término y si bien se dieron
procesos violentos de imposición de principios
laicos durante la segunda mitad del siglo XIX
en Colombia, Ecuador y Guatemala, tales
principios resultaron pasajeros en la medida
en que sucesivos conservadores
restablecieron constituciones que
al catolicismo como religión nacional,
Explicación: