Historia, pregunta formulada por lapz7hotmailcom, hace 1 mes

qué forma de participación ciudadana existen en el cantón Quevedo​

Respuestas a la pregunta

Contestado por rickguaca
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Respuesta:

Que, el artículo 1 de la Constitución inciso segundo señala que ”La soberanía radica

en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a

través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa

previstas en la Constitución.

Que, el numeral 2 del artículo 61 de la Constitución prevé como garantía Constitucional

la participación de los ecuatorianos en asuntos de interés público;

Que, el artículo 95 de la Constitución de la República establece que los ciudadanos y

ciudadanas en forma individual y colectiva participarán de manera protagónica en la

toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos; y en el control

popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes en un

proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará

por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia,

control popular, solidaridad e interculturalidad.

La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho,

que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y

comunitaria;

Que, el artículo 100 de la Constitución de la República establece que en todos los

niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por

autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la

sociedad del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por

principios democráticos. La participación en estas instancias se ejerce para: 1.- elaborar

planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los gobiernos y la ciudadanía.

2.-mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo. 3.-elaborar

presupuestos participativos de los gobiernos. 4.-fortalecer la democracia con

mecanismos permanentes de transparencia, Rendición De Cuentas y Control Social. 5.-

promover la formación ciudadana e impulsar proceso de comunicación.

Para el ejercicio de esta participación se realizaran audiencias públicas, veedurías,

asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y las demás

instancias que promueva la ciudadanía.

Que, el artículo 101 de la Constitución, señala que las sesiones de los gobiernos

descentralizados, serán públicas, y en ellas existirá la silla vacía que ocupará una

representante o un representante ciudadano en función de los temas a tratarse, con el

propósito de participar en su debate y en la toma de decisiones;

Que, el capítulo III, de la sección IV, del título VII del Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) establece la Participación

Ciudadana en los Gobiernos Autónomos Descentralizados(GAD´s), mediante la

constitución de un sistema de participación que se regulará mediante ordenanza, en la

que se garantizará su intervención, en forma individual y colectiva, en la toma de

decisiones, la planificación, gestión de los asuntos públicos y en el control social de

todos los niveles de los GADs y de sus representantes;

Explicación:


lapz7hotmailcom: ta bonito
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