Que expresa el tratado internacional con respecto a las aguas continentales y aguas oceanicas
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En el derecho del mar no está establecido nada en especial que limite la soberanía de los países sobre las aguas continentales, más que aquellos principios que rigen sobre la determinación de fronteras; a diferencia de lo dispuesto sobre las aguas dentro de la plataforma continental.
Así mismo sobre las aguas océanicas, no existe propiedad de las mismas, sino en lo referido a la extensión máxima permitida para la Zona Económica Exclusiva.
Así mismo sobre las aguas océanicas, no existe propiedad de las mismas, sino en lo referido a la extensión máxima permitida para la Zona Económica Exclusiva.
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hace 7 meses