que establece el articulo 73
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Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. ... Artículo 73 Bienes de dominio y uso público Los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento económico.
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la actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional
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