Derecho , pregunta formulada por ivanyyo12345, hace 11 meses

que establece el articulo 6 sobre denuncias por incumplimiento de la ley

Respuestas a la pregunta

Contestado por santibrainly
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Respuesta:

ARTÍCULO 6 bis: (Artículo Incorporado por Ley 14509) Para efectuar la denuncia

por violencia familiar contra mujeres, no se requerirá patrocinio letrado y deberá

garantizarse la gratuidad de las actuaciones judiciales y la posterior asistencia jurídica

preferentemente especializada.

Explicación: ESPERO QUE TE SIRVA

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