Que establece el artículo 36 de la constitución en materia electoral
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Artículo 36... I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.
Explicación: espero te ayude eso
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