Historia, pregunta formulada por camilamelisatrinidad, hace 6 meses

que establece el artículo 27​

Respuestas a la pregunta

Contestado por yakelpenzo
51

Explicación:

Artículo 27.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada


camilamelisatrinidad: gracias
dairagarciasal: Muchismas gracias que Dios te bendiga simpre.
jadetdkr848010: copiaste
Contestado por AndreaMarcela198
116

Respuesta:

HOLAA!

Artículo 27.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

Explicación:

espero y te sirva mucho, no olvides dar corona y ❤ siganme y los sigo para seguir ayudando, soy nueva


fcomisaelgomezcastro: HOLAAAAA♥️♥️
fcomisaelgomezcastro: A TODOS COMO ESTAAA‼️
ortizremy222or: bien
ramonelihernandez: muchas gracias
maitecurielarconada: Mil gracias
alanjoguz19: Oye me puedes dar la respuesta
Otras preguntas