Historia, pregunta formulada por mariafernandahuayhua, hace 4 meses

¿Que espacios o zonas de cusco presentan fragilidad frente a un peligro de origen natural? ¿Que se puede realizar ante esto?

AYUDA PORFAVOR TENGO POCO TIEMPO

Respuestas a la pregunta

Contestado por 666Nico666Crack666
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Respuesta:

Entre las principales normas legales vinculadas a esta temática y al mapa de vulnerabilidad física, el MINAM se enmarca en los siguientes:

- Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente-MINAM, establece, es la

Autoridad Nacional Ambiental, que tiene

entre unas de sus funciones rectoras y especificas: formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política

nacional del ambiente aplicable a todos los

niveles de gobierno, así como, “establecer

la política, los criterios, las herramientas y

los procedimientos de carácter general

para el ordenamiento territorial nacional,

en coordinación con las entidades correspondientes y conducir su proceso”.

- Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611,

en sus artículos 20º al 23º referidos a promover el desarrollo sostenible, a través de

la planificación territorial, se establecen

objetivos y principios integradores, con la

finalidad de complementar la planificación

económica, social y ambiental con la dimensión territorial, a fin de orientar el uso y

ocupación del territorio, basados sobre sus

potencialidades y limitaciones.

- Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM,

aprueba la Política Nacional del Ambiente,

que entre uno de sus objetivos es promover el uso y ocupación del territorio nacional, mediante la zonificación ecológica

económica (ZEE). Esta Política establece 04

lineamientos, y uno de estos esta orientado a incorporar en los procesos de ordenamiento territorial el análisis del riesgo

natural y antrópico, así como medidas de

adaptación y mitigación al cambio climático, e impulsar los mecanismos para prevenir el asentamiento de poblaciones y el

desarrollo de actividades socioeconómicas

en zonas con alto potencial de riesgos ante

peligros naturales y antrópicos.

- DS Nº087-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Zonificación Ecológica Económica, establece que el MINAM es la Autoridad Ambiental Nacional que dirige los

procesos de la gestión de la ZEE a nivel nacional, y en el articulo 8 inc. d) indica: ”vulnerabilidad, orientado a determinar UEE que

presentan alto riesgo por estar expuestas a la

erosión, inundación, deslizamientos, huaycos

y otros procesos que afectan o hacen vulnerables al territorio y a sus poblaciones, así como

los derivados de la existencia de las fallas geológicas”.

Explicación:

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