que es las tesis de 200 millas ?
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Hace 62 años, se estableció la soberanía en las 200 millas del mar peruano por Decreto Supremo Nº 781, emitido el 1 de agosto de 1947, firmado por el presidente José Luis Bustamante y Rivero, y por el ministro de Relaciones Exteriores, Enrique García Sayán. Textualmente dice así:El Presidente de la República; Considerando: … Que la plataforma submarina o zócalo continental forma con el continente una sola unidad morfológica y geológica; que en dicha plataforma continental existen riquezas naturales cuya pertenencia al patrimonio nacional es indispensable proclamar. …. Que es igualmente necesario que el Estado proteja, conserve y reglamente el uso de los recursos pesqueros y otras riquezas naturales que se encuentran en las aguas epicontinentales que cubren la plataforma submarina y en los mares continentales adyacentes a ella, a fin de que tales riquezas, esenciales para la vida nacional, continúen explotándose o se exploten en el futuro, en forma que no cause detenimiento a la economía del país ni a la producción alimentaria; …. Por el cual se Decreta:1º. Declárese que la soberanía y jurisdicción nacionales se extienden a la plataforma submarina o zócalo continental o insular adyacente a las costas continentales e insulares del territorio nacional cualesquiera que sean la profundidad y la extensión que abarque dicho zócalo.2º. La soberanía y jurisdicción nacionales se ejercen también sobre el mar adyacente a las costas del territorio nacional, cualesquiera que sea su profundidad y en la extensión necesaria para preservar, proteger, conservar y utilizar los recursos y riquezas naturales de toda clase que en o debajo de dicho mar se encuentren.3º. Como consecuencia de las declaraciones anteriores, el Estado se reserva el derecho de establecer la demarcación de las zonas de control y protección de las riquezas nacionales en los mares continentales e insulares que quedan bajo el control del gobierno del Perú, y de modificar dichas demarcaciones de acuerdo con las circunstancias sobrevinientes por razón de nuevos descubrimientos, estudios en intereses nacionales que fueron advertidos en el futuro; y, desde luego, declara que ejercerá dicho control y protección sobre el mar adyacente a las costas del territorio peruano en una zona comprendida entre esas costas y una línea imaginaria paralela a ella y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas (200) millas marinas, medida siguiendo la línea de las paralelas geográficas.Respecto a las islas nacionales, esta demarcación se trazará señalándose una zona de mar contigua a las costas de dichas islas, hasta una distancia de doscientas (200) millas marinas, medidas desde cada uno de los puntos del contorno de ellas.”En este orden de ideas, resultan de suma importancia las iniciativas de la ministra de la Producción, Mercedes Aráoz Fernández, y la viceministra de Pesquería, Elsa Galarza, para reactivar, potenciar y proteger la explotación de los recursos ictiológicos de nuestra “Cuarta Región Natural” a través de la pesca industrial, así como la artesanal, mediante el Imarpe, Fondepes e ITP.Recuérdese que “son 200 millas peruanas del Mar de Grau que representan 900 kilómetros de extensión territorial, recorridos a través de más de 2,500 kilómetros de litoral que contienen 730 especies ictiológicas”PYSN Opinión
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