Castellano, pregunta formulada por girasolsol37, hace 1 año

que es la perspectiva de un testigo es urgente perspectiva de un testigo lo necesito urgente

Respuestas a la pregunta

Contestado por angelicacure2020
1

Respuesta:No están sometidos a juramento o promesa (como sí sucedía con la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881); es decir, no están obligados a “decir verdad”.

Su interrogatorio será valorado por el Juzgador atendiendo al Principio de Libre Valoración de la Prueba (Artículo 316 LEC).

Los sujetos siempre son las partes, o sus representantes legales en el caso de personas jurídicas, nunca terceras personas ajenas al procedimiento, con una excepción: aquellos supuestos en los que se alegue desconocimiento de los hechos objeto del procedimiento y se proponga la declaración de un tercero que sí tiene ese conocimiento directo, artículos 308 y 309 LEC.

Como excepción a la oralidad que rige el interrogatorio de partes, debemos citar las preguntas a responder por las Administraciones Públicas, privilegio procesal que ostenta la Administración y que en la práctica desvirtúa la solicitud de esta prueba; los pliegos de preguntas deben aportarse en la audiencia previa al juicio o en la admisión a trámite y señalamiento de vista verbal: artículo 315 LEC. El apartado segundo del artículo citado permite reiterar, si a nuestro derecho conviene, la práctica del interrogatorio como diligencia final si llegado el juicio, la Administración no ha remitido las respuestas a las preguntas (o las que ha remitido no tienen relación con el objeto del juicio).

Explicación:


girasolsol37: no busco eso{
angelicacure2020: el testigo es una figura procesal. Es la persona que declara ante un tribunal sobre hechos que conoce y que son considerados relevantes por alguno de los litigantes para la resolución del asunto objeto de controversia. Dicha declaración recibe el nombre de testimonio.
Otras preguntas