Filosofía, pregunta formulada por MichellBlade, hace 1 año

que es la carta poder

Respuestas a la pregunta

Contestado por chrismacias1
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La carta Poder es un documento de tipo privado, suscripto por un otorgante y dos testigos, que guarda la apariencia y redacción de una carta informal y con una formalidad menor que la que ostenta un poder notarial, a través de la cual el mencionado otorgante apoderará a una determinada persona a la hora de la realización de actos jurídicos en su nombre, es decir, asumirá en ellos la representación del otorgante. Al tratarse de un uso a instancias de actos jurídicos que presentan escasa cuantía no se exigirá la ratificación de firmas que figuran al pie de la misma.

... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/derecho/carta-poder.php

chrismacias1: En otras palabras, la carta poder es aquel documento que le permite a una persona obrar en nombre de otra persona. De alguna manera se trata de la delegación de la persona que crea el mencionado documento o carta poder, o sea el interesado, a aquella otra persona, que sería el representante, a quien el decide otorgarle nada más y nada menos que su poder a la hora de obrar.
MichellBlade: Gracias.(: Me sirvió de mucho.
chrismacias1: Denada
Contestado por gerita0505
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La carta Poder es un documento de tipo privado, suscripto por un otorgante y dos testigos, que guarda la apariencia y redacción de una carta informal y con una formalidad menor que la que ostenta un poder notarial, a través de la cual el mencionado otorgante apoderará a una determinada persona a la hora de la realización de actos jurídicos en su nombre, es decir, asumirá en ellos la representación del otorgante. Al tratarse de un uso a instancias de actos jurídicos que presentan escasa cuantía no se exigirá la ratificación de firmas que figuran al pie de la misma.

En otras palabras, la carta poder es aquel documento que le permite a una persona obrar en nombre de otra persona. De alguna manera se trata de la delegación de la persona que crea el mencionado documento o carta poder, o sea el interesado, a aquella otra persona, que sería el representante, a quien el decide otorgarle nada más y nada menos que su poder a la hora de obrar.



Dependiendo de la situación y de los requerimientos del otorgante la carta poder podrá ser general o en su defecto limitada. La carta poder limitada le dará al representante la autorización para obrar en nombre del interesado solamente en aquellos asuntos específicos. Por ejemplo, un individuo que recibe una propiedad de herencia decide arrendarla y entonces como no puede ocuparse del cobro de la renta emitirá una carta poder autorizando a su abogado para que cada mes cuando corresponda cobre el importe de la misma.

Y en caso de tratarse de una carta de tipo general, el representante obrará en nombre del otorgante en una variedad de acciones. Por ejemplo, un individuo hereda una empresa y como no puede ocuparse de la gestión de la misma porque vive en otro país decide hacer una carta poder a favor de un amigo suyo de suma confianza que reside donde la empresa para que este se ocupe de la misma en su totalidad, es decir, pueda contratar personal, comprar insumos, vender mobiliario, entre otras cuestiones inherentes a su administración.

Independientemente que se trate de una carta poder limitada o general, la misma deberá contener la siguiente información: nombre de la persona que recibe el poder, declaración específica describiendo los poderes, obligaciones y responsabilidades que tendrá el representante, declaración del tiempo durante el cual recibirá el poder y la firma del otorgante.


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