Derecho , pregunta formulada por sorryy, hace 10 meses

que dispone el artículo 247 de la constitución paraguaya ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por Msofia09
10

Respuesta:

Artículo 247 - DE LA FUNCIÓN Y DE LA COMPOSICIÓN

El Poder Judicial es el custodio de esta Constitución. La interpuesta, la cumple y la hace cumplir.

La administración de justicia está a cargo del Poder Judicial, ejercido por la Corte Suprema de Justicia, por los tribunales y por los juzgados, en la forma que establezcan esta Constitución y la ley.

Explicación:

Esta es la respuesta espero te ayude :)


estre12342: muchas gracias
Contestado por jazmin2978
3

Respuesta:

El artículo 247 dispone que el poder judicial es el Custodio de esta constitución.

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