Baldor, pregunta formulada por abrumilenapatane, hace 3 meses

Que diferencia hay entre los dos pactos de derechos humanos que entraron en vigilancia en 1976

Respuestas a la pregunta

Contestado por catalinachiribao57
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Respuesta:

La lucha por la protección de los derechos primigenios ha constituido uno de los logros más importantes para la sociedad. Este reconocimiento es el resultado de guerras y conflictos armados que propiciaron la suscripción de documentos universales para resguardar la vida y la dignidad de las personas. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, es considerada como el umbral de las normas de derechos fundamentales, dicho ordenamiento distingue a la libertad, la justicia y la paz como base del reconocimiento de la dignidad intrínseca y los derechos inalienables de los miembros de la gran familia humana en todo el mundo. Por lo que el desconocimiento y menoscabo de los mismos puede traducirse en actos de barbarie hacia la humanidad. En nuestro país, la defensa y protección de los derechos humanos se realiza por medio de dos mecanismos; el primero, es el sistema de protección jurisdiccional que se efectúa a través de los instrumentos y procesos jurisdiccionales, desarrollando un examen de constitucionalidad, convencionalidad y legalidad; el segundo, es el sistema de protección no jurisdiccional, el cual se encuentra integrado por las instituciones protectoras de los derechos primigenios, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los organismos públicos protectores de los derechos fundamentales de las entidades federativas y del Distrito Federal, en ambos casos establecidos en nuestra Carta Magna. Ahora bien, la Reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011 ha generado un nuevo paradigma en el contexto de los derechos humanos. A partir de entonces se estableció que la normatividad se interpretará de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con los instrumentos internacionales en la materia, proporcionando en todo tiempo la protección más amplia a la persona.

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