¿Qué diferencia hay entre las garantías de fondo y las garantías de forma?
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Respuesta:
dictado de estas normas de fondo es potestad exclusiva del Congreso Nacional. El Derecho de Forma es el que regula los procedimientos a cumplirse ante los órganos judiciales quienes aplicarán las normas jurídicas para la resolver los distintos casos puestos a su consideración.
Explicación:
Espero te ayude :) me das coronita
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