que dice la constitucion politica de colombia sobre la diversidad cultural
Respuestas a la pregunta
El artículo 7 de la Carta Política reconoce y protege la existencia de la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana. Se trata de una de las innovaciones constitucionales más importantes. Quizás las etnias diferenciadas existentes en Colombia fueron los conglomerados o grupos humanos que más ganaron con la expedición de esta Carta, particularmente los indígenas.
Ahora bien, el acontecimiento de celebración o renegación del llamado encuentro de dos mundos o mal llamado descubrimiento de América, los quinientos años, suscitaron en el mundo entero una cantidad importante de reflexión, y la fecha sirvió de motivo para el desarrollo de reconocimientos que aunque postreros, no dejan de ser importantes. El evento permitió el encuentro de etnias provenientes de diferentes lugares del mundo. La situación y la existencia de las etnias presentes en Colombia son producto del desarrollo histórico de aquel encuentro (o desencuentro). Al interior hay miles de historias que no se conocen.
En la actualidad fuera de los blancos (aunque en realidad de los colombianos producto del mestizaje), en el país se reconoce la existencia de etnias indígenas, de negros y de raizales. En la Constitución cantidad de artículos desarrollan el principio y en los espacios específicos se desarrollara lo pertinente.
No obstante, la existencia de indígenas, con culturas propias, en los países occidentales constituye una aporía de difícil resolución. El artículo noveno reconoce los derechos de los pueblos y suscita la pregunta acerca si ellos mismos los constituyen y si la cuestión genera una posibilidad de desmembración de la unidad de la nación aplicándoles este principio.
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No sé