Derecho , pregunta formulada por MinXinya13, hace 1 mes

¿Que dice este texto acerca de la familia?
Que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley y no pueden ser molestadas en su persona ni en su familia y tienen derecho a su intimidad individual y familiar. Que la familia se constituye, por vínculos naturales o jurídicos, por decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarlo, que las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes y que cualquier forma de violencia en la familia destruye su armonía y unidad y será sancionada conforme a la ley.
Asimismo, se establece que todas las formas de matrimonio se rigen por la ley civil y que sus efectos cesarán por divorcio con arreglo a la ley.
En cuanto a la procreación, se consagran el derecho que tiene la pareja a decidir de manera libre y responsable sobre el número de hijos que desea tener y la obligación de sostenerlos y educarlos mientras sean menores de edad o impedidos, la igualdad de derechos de los hijos, incluyendo los procreados con asistencia científica, y los derechos fundamentales de los niños.
Como podemos ver, ya se han sentado las bases para desarrollar una política firme y coherente de protección a la familia.
Ahora es necesario que se expidan las leyes que desarrollen estos principios, tal como lo disponen los artículos 150 y 152 de la Constitución.
En cuanto a los efectos civiles del matrimonio católico, que según el Artículo 42 cesarán por divorcio con arreglo a la ley, yo considero que este solo podrá demandarse cuando se haya decretado la legislación pertinente.
En todo caso, debe tenerse mucho cuidado y no crear falsas expectativas en la ciudadanía, ofreciendo el trámite inmediato de un divorcio, aplicando las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, porque esto es inexacto. La cesación de los efectos civiles del matrimonio canónico solo podrá demandarse en los términos que establezca la ley, y esta ley no se ha dictado; solamente se ha sentado el principio constitucional.

Respuestas a la pregunta

Contestado por loren2009rt80
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Respuesta:

Art. 28 CN:“Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivos previamente definido en la ley.


MinXinya13: gracias hermanita
loren2009rt80: De nada
loren2009rt80: uwu
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