Ciencias Sociales, pregunta formulada por ffalejos, hace 1 año

que dice el artículo número 125 de la constitución política del Perú, con su respectiva interpretación. NO RESPONDA EL QUE NO SABE!!


juanpa7rigby2007: que
juanpa7rigby2007: no se puede
juanpa7rigby2007: a ok :v

Respuestas a la pregunta

Contestado por rivisanahi
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Respuesta:

El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan: 1.

Explicación:

Espero que te ayude uwu

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