que dice el artículo número 125 de la constitución política del Perú, con su respectiva interpretación. NO RESPONDA EL QUE NO SABE!!
juanpa7rigby2007:
que
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Respuesta:
El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan: 1.
Explicación:
Espero que te ayude uwu
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