Informática, pregunta formulada por crismariramos, hace 1 mes

que dice el artículo 60 de constitución de la República bolivariana de Venezuela explique​

Respuestas a la pregunta

Contestado por Zngief
0

Respuesta:

Artículo 60.

Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos.

Explicación:

Otras preguntas