Historia, pregunta formulada por ingridazulpachecoram, hace 1 mes

Que dice el artículo 6 de la constitución de 1824? ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por davidizarrualde3
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Respuesta:

ART. 6º El nombramiento de Electores, recaerá en los que hubiesen obtenido mayor número de sufragios, y esta mayoría, no se buscará sobre el número total de los votos, sino sobre la que resultase de los electos entre sí relativamente.

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