Que dice el artículo 6 de la constitución de 1824?
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:
ART. 6º El nombramiento de Electores, recaerá en los que hubiesen obtenido mayor número de sufragios, y esta mayoría, no se buscará sobre el número total de los votos, sino sobre la que resultase de los electos entre sí relativamente.
Otras preguntas
Matemáticas,
hace 8 días
Castellano,
hace 8 días
Castellano,
hace 8 días
Matemáticas,
hace 16 días
Matemáticas,
hace 16 días
Ciencias Sociales,
hace 8 meses
Biología,
hace 8 meses