¿Qué dice el artículo 58, Fracción Vll de la ley general de los derechos de los niños y adolescentes?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
el articulo 58 dice Artículo 58. La educación, además de lo dispuesto en las disposiciones aplicables, tendrá los
siguientes fines:
I. Fomentar en niñas, niños y adolescentes los valores fundamentales y el respeto de la
identidad propia, así como a las diferencias culturales y opiniones diversas;
II. Desarrollar la personalidad, las aptitudes y las potencialidades de niñas, niños y adolescentes;
III. Inculcar a niñas, niños y adolescentes sentimientos de identidad y pertenencia a su escuela,
comunidad y nación, así como su participación activa en el proceso educativo y actividades
cívicas en términos de las disposiciones aplicables;
IV. Orientar a niñas, niños y adolescentes respecto a la formación profesional, las oportunidades
de empleo y las posibilidades de carrera;
V. Apoyar a niñas, niños y adolescentes que sean víctimas de maltrato y la atención especial de
quienes se encuentren en situación de riesgo;
VI. Prevenir el delito y las adicciones, mediante el diseño y ejecución de programas;
Explicación:
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