Derecho , pregunta formulada por darwincervantesfalco, hace 1 año

que dice el articulo 576 de la constitucion del ecuador

Respuestas a la pregunta

Contestado por ForniteAndyTheGamerY
1

Respuesta:

Los sujetos procesales tendrán

derecho a solicitar copias de los registros de las

actuaciones y diligencias procesales, de los registros de las

audiencias de las providencias judiciales y en general del

expediente, salvo las que tendrán el carácter de reservado,

de las providencias judiciales y en general del expediente.

La copia será siempre electrónica, salvo necesidad


darwincervantesfalco: gracias gracias , no encontraba he buscado pero nada que encontraba.
Contestado por brucecaiza10
0

Respuesta:

Las personas procesadas tendrán

derecho a solicitar copias de los registros de las

actuaciones y diligencias procesadas, de los registros de las

audiencias de las providencias judiciales y en general del

expediente, exceptuando las que tendrán el carácter de reservado

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