Historia, pregunta formulada por sgmariateresa, hace 7 meses

que dice el artículo 27 de la constitución de 1917???​

Respuestas a la pregunta

Contestado por lisseth76
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Respuesta:

Artículo 27.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

Explicación:


lisseth76: De nada c:
lisseth76: Yo repondi primero
lisseth76: repondi*
Contestado por narutozumakimaerstam
0

ARTICULO 27.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privadaspuesta:

Explicación:

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