que dice el artículo 26 de la constitución política del Perú
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⭐Holis!! Aquí está la respuesta⭐
CONSTITUCION POLITICA DEL PERÚ
Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento. Su disfrute y su compensación se regulan por ley o por convenio. Artículo 26.
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Respuesta:
Articulo 26
Ninguna relacion laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales , ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador.
Nadie esta Obligado a prestar trabajo sin retribucion o sin su libre conocimiento .....Su disfrute y su compesacion se regulan por ley o por convenio ...ARTICULO 26
Explicación:
ESPERO QUE TE SIRVAAA
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