Derecho , pregunta formulada por keiralucchelli, hace 3 meses

que dice el articulo 1092 sobre la relacion de consumo​

Respuestas a la pregunta

Contestado por samuelbracho
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Respuesta:

Relación de consumo es el vínculo jurídico entre un proveedor y un

consumidor. Se considera consumidor a la persona física o jurídica que adquiere o utiliza, en forma gratuita u onerosa,

bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.

Explicación: espero que te sirva


keiralucchelli: Gracias c:
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