¿Qué dice el artículo 108 al 114 de la Constitución mexicana?
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Artículo 108. ...
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Los gobernadores de las Entidades Federativas, los diputados a las legislaturas locales, los magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y, en su caso los miembros de las judicaturas locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales.
Los gobernadores de las Entidades Federativas, los diputados a las legislaturas locales, los magistrados de los tribunales superiores de justicia locales, los miembros de las judicaturas locales, los presidentes municipales, los regidores de los Ayuntamientos y los síndicos municipales, serán responsables por la administración indebida de los fondos y recursos federales.
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