Castellano, pregunta formulada por tamiettiagustina, hace 1 año

¿Qué derechos reconoce nuestra Constitución Nacional en su art 75 inc. 17 a los pueblos

indígenas de la Argentina?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por GonzaloC1234
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Respuesta:

Llegaban de distintos lugares, cargados con la memoria ancestral de sus pueblos, con luchas de cinco siglos, y con un mandato impostergable: volver a sus territorios con una victoria.

Los años previos a la reforma fueron de un arduo trabajo de las organizaciones indígenas para consensuar una propuesta que incluyera los principales derechos en el nuevo texto. Y, a su vez, para convencer a los convencionales constituyentes de que aprobaran la reforma.

Es que hasta ese momento, en materia indígena regía el artículo 67 inciso 15 de la Constitución Nacional de 1853, que establecía que le correspondía al Congreso Nacional “Proveer a la seguridad de las fronteras; conservar el trato pacífico con los indios, y promover la conversión de ellos al catolicismo”.

Ese jueves 11 de agosto, ya había caído la noche cuando la asamblea comenzó a tratar el tema de los derechos indígenas, en el Paraninfo (sala de celebración de actos públicos) de la Universidad Nacional del Litoral, en la ciudad de Santa Fe. Los referentes de las comunidades permanecían en silencio, expectantes, en los palcos.

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